Precontrato de trabajo

1. Introducción

En ocasiones nos encontramos ante situaciones en las que tenemos que tomar decisiones que pueden resultar determinantes para el devenir de nuestro futuro profesional. En estos escenarios, sentimos la necesidad de contar con mecanismos legales, como el precontrato de trabajo, que nos permitan afrontar nuevos retos profesionales con las máximas garantías y minimizar los riesgos ante circunstancias adversas.

¿Qué es el precontrato de trabajo? Se trata de una relación precontractual que nos otorga cierta seguridad jurídica para estos casos, y si está bien formalizado nos permite reclamar indemnizaciones cuando se producen incumplimientos.

En el presente artículo, vamos a analizar las características principales de esta peculiar figura.

2. Concepto de precontrato de trabajo

El precontrato de trabajo consiste en una relación jurídica precontractual que tiene por finalidad llevar a término una futura contratación. Tiene, por lo tanto, una naturaleza laboral y causa propia.

3. Régimen jurídico

El precontrato de trabajo carece de regulación legal pero nos podemos apoyar en el Título II del Código Civil (CC) (arts. 1254 a 1314) y también es admitido tanto en la doctrina científica como en la jurisprudencial.

4. Requisitos esenciales del precontrato de trabajo

El art. 1261 del CC, determina los requisitos esenciales del contrato, como son; consentimiento, objeto y causa, siendo estos mismos también los requisitos esenciales que operan en el caso del precontrato, pues la mera promesa de contratación, se considera como contrato en sí mismo.

Por lo tanto, es necesario que el documento presentado por la empleadora reúna estos requisitos esenciales, y una vez firmado por ambas partes, se presume como un verdadero precontrato de trabajo.

En definitiva, la publicación de una oferta laboral por parte de la empresa y la aceptación de la misma por parte del candidato/a despliegan todos sus efectos y determina que nos encontramos ante un precontrato de trabajo.

5. Efectos de su incumplimiento

¿Para qué sirve el precontrato de trabajo? El incumplimiento injustificado por alguna de las partes, puede dar lugar a reclamar daños y perjuicios, que se deben valorar de forma ponderada en cada caso.

El incumplimiento por el empresario/a de un precontrato, de una promesa de contrato o de pactos previos con análoga finalidad, no pueden justificar la interposición de una acción de despido, pues para que el despido pueda producirse es de todo punto necesario que opere sobre una relación de trabajo existente hasta ese momento.

6. Conclusiones

Una vez firmado un precontrato de trabajo, ambas partes quedan obligadas a respetar lo acordado, la empresa a contratar al candidato/a al puesto y el candidato/a a incorporarse según las condiciones ofertadas. El incumplimiento injustificado por alguna de las partes, lleva consigo el resarcimiento de daños y perjuicios que se tendrían que valorar de forma ponderada en cada caso.

La presente publicación contiene información de carácter general, sin que constituya opinión profesional ni asesoría jurídica. Queda prohibida la reproducción, explotación, distribución, comunicación pública y transformación total o parcial, de esta obra, sin autorización escrita de su autor, Juan Manuel Hernández Martínez.

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