Se puede iniciar el procedimiento de reclamación de cantidades tanto si la relación laboral continua, como si ya se ha extinguido.
Reclamación de cantidad laboral plazo de prescripción
El plazo que tienes para ejercitar la acción es de un año, que computa desde la fecha en la que se te dejó de abonar o se abonó un importe incorrecto.
Aunque de manera más infrecuente, también cabe la posibilidad de que la empresa reclame a los trabajadores cantidades adeudadas, en tales supuestos, el plazo de prescripción general también será de un año.
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Si crees que puedes estar siendo víctima de alguna de estas situaciones, debes saber que tienes la posibilidad de ejercitar la acción de la extinción indemnizada de la relación laboral.

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