Reclamación de vacaciones

El plazo legal del que dispone la persona trabajadora para interponer demanda ante el Juzgado de lo Social, es de veinte días, a partir de aquel en que tuviera conocimiento de dicha fecha.

Reclamaciones vacaciones

Cuando la persona trabajadora muestre su disconformidad con el periodo o días de vacaciones que le han sido asignadas, dispondrá de un plazo de veinte días, a partir de aquel en que tuviera conocimiento de dicha fecha, para presentar la demanda en el Juzgado de lo Social. 

Se trata de un procedimiento urgente y preferente, por lo que el acto de la vista debe señalarse en el plazo de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda y la sentencia deberá ser dictada en el plazo de tres días.

Vacaciones laborales

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